La Constitución es ratio y emotio; es decir, es razón en la medida que es una norma jurídica suprema sobre la cual el poder constituyente ha deliberado y aprobado racionalmente, en la que se establece la base del ordenamiento jurídico nacional en un doble sentido: como la norma jerárquica por encima de las leyes y demás normas de inferior jerarquía (lex legis) y como fuente del derecho nacional, es decir, del derecho civil, penal, procesal, comercial, laboral, etc. (norma normarum).
Pero la Constitución también es emotio en la medida que expresa los valores y principios de la sociedad democrática, que funda el poder en la voluntad popular expresada no solo en las urnas, sino también en el sentimiento constitucional, que es la expresión de la cultura de los ciudadanos con libertad, igualdad, no discriminación; así como de la garantía de la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos y privados.