El Procedimiento Administrativo Sancionador
El Procedimiento Administrativo Sancionador
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2021
Dura
704
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El procedimiento es por definición un proceso cognitivo, ya que implica una toma de decisión administrativa fundada en un análisis previo, tras el cual se emite una resolución. El procedimiento administrativo no implica la generación de una declaración de voluntad, dado que esta última se encuentra limitada por el principio de legalidad.
En este orden de ideas, es preciso señalar que el acto administrativo no constituye una manifestación de voluntad, debiendo descartarse las posiciones doctrinarias y jurisprudenciales-nacionales y extranjeras que identifican el acto administrativo con el acto jurídico civil y que llevan a confusiones innecesarias. El acto administrativo es definido como una declaración de una entidad, que, en el marco de normas de derecho público, genera efectos en los administrados en una situación concreta.
Es uno de los más importantes conceptos del derecho administrativo, necesario para entender la función administrativa en relación directa con los administrados. Se entiende por procedimiento al conjunto de actuaciones administrativas tramitadas en las entidades administrativas, que tienen por finalidad la emisión de un acto administrativo. Este deberá producir efectos jurídicos individuales o individualizables sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados, de acuerdo con la definición de acto administrativo que señala la propia Ley del Procedimiento Administrativo General.
Eventualmente, un procedimiento administrativo podría no culminar con un acto administrativo, puesto que el mismo podría concluir con una forma anormal de terminación del procedimiento, como el desistimiento o el silencio administrativo, pero es claro que todo procedimiento administrativo está diseñado para generar actos administrativos. Todo acto administrativo debe ser el resultado de un procedimiento administrativo, tramitado de manera regular bajo sanción de nulidad.